"Política para la adopción e implementación de un catastro multipropósito rural - urbano". Este documento estableció dos fases: (i) la realización de un piloto en un conjunto de municipios para ajustar y planificar las metodologías, tecnologías, instrumentos y operativos de campo; y (ii) la expansión progresiva a todo el territorio nacional.
“Concepto favorable a la Nación para contratar operaciones de crédito externo con la banca multilateral hasta por USD 150 millones, o su equivalente en otras monedas, destinados a financiar parcialmente el programa para la adopción e implementación de un catastro multipropósito rural-urbano”.
En los artículos 79, 80, 81 y 82 se incluyeron los elementos esenciales y necesarios para la implementación de la política de catastro multipropósito previendo la gestión catastral como un servicio público, entre los cuales se destacan los siguientes aspectos:
- La gestión catastral como un servicio público (art.79), creando las figuras de regulador, gestor y operador catastral, permitiendo que pueda ser ejercida de manera directa por los gestores o por estos a través de los operadores especializados, que sean contratados para labores operativas que sirvan de insumo para la gestión catastral.
- Habilitación de gestores catastrales (art.79), donde el IGAC será gestor por excepción y, por regla general, se podrán habilitar como tal a entidades públicas nacionales, territoriales y los entes asociativos territoriales y operadores del catastro serán las personas de derecho público o privado que realicen labores operativas relacionadas con este..
- Catastro como factor de gasto de inversión (art.79) facilita la financiación de esta política.
- La Superintendencia de Notariado y Registro ejercerá las funciones otorgadas mediante los artículos 79, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspección, vigilancia y control del ejercicio de la gestión catastral.
“Estrategia para el fortalecimiento de la gobernanza en el Sistema de Administración del Territorio". Este documento establece la estrategia de gobernanza respecto de la administración de los derechos, restricciones y responsabilidades de los bienes inmuebles públicos y privados, áreas protegidas, patrimonio cultural, y manejo de suelo, subsuelo y agua. El objetivo principal del CONPES es establecer los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en el ejercicio de las competencias relativas al territorio, fortaleciendo la integración de información del territorio colombiano. Por otro lado, se pretende desarrollar estrategias para el uso, aprovechamiento y difusión de la información del territorio, estandarizando los trámites e integrando procesos y actores.
El Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, Acto Legislativo 01 del 4 de abril de 2017, en su Punto 1, Hacia un nuevo campo colombiano: Reforma Rural Integral, definió como compromiso la formación y actualización del catastro rural, así como la propuesta y los compromisos para un desarrollo rural integral. Estos compromisos implican la formación y actualización catastral y su interoperabilidad con el registro, como punto de partida para la implementación de los procesos asociados.
“Estrategia para la implementación de la política pública de Catastro Multipropósito". Este documento reemplazó al Documento CONPES 3859 de 2016, dado que incorpora una visión y alcance más amplio, además de establecer una estrategia específica para poder implementar la política. Este documento CONPES establece una estrategia para la implementación de la política pública de Catastro Multipropósito, que permita contar con un catastro integral, completo, actualizado, confiable, consistente con el sistema de registro de la propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información.
Reglamenta la habilitación de gestores catastrales y los requisitos de idoneidad para los operadores catastrales.
Decreto marco que incluye definiciones, obligaciones de los actores que hacen parte la política de catastro multipropósito, procedimientos de enfoque multipropósito, directrices para la información económica catastral, directrices en inspección vigilancia y control, entre otros.
Por la cual se establecen las especificaciones técnicas para los productos de información generados por los procesos de formación catastral con enfoque multipropósito .
Por la cual se adopta el modelo extendido de catastro registro al modelo LADM_COL .
Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 1, el articulo 8 y los anexos 1 y 3 de la resolución 388 del 13 de abril de 2020 “Por la cual se establecen las especificaciones técnicas para los productos de información generados por los procesos de formación catastral con enfoque multipropósito".
“Por la cual se actualiza la reglamentación técnica de la formación, actualización, conservación y difusión catastral con enfoque multipropósito".